¿Qué derechos tengo en caso de retraso o cancelación de vuelos?

Derechos de los pasajeros

 

En caso de cancelación, denegación de embarque (overbooking) o retraso de más de tres horas se pueden reclamar las siguientes compensaciones:

 

  • 250 euros para vuelos de hasta 1500km.
  • 400 euros para de 1500 a 3000 km, o intracomunitarios de 1500 km.
  • 600 euros para vuelos de más de 3500 km.

 

Además, en general, en cualquiera de las mencionadas situaciones se tiene derecho a:

 

  • Recibir información sobre la cancelación, ‘overbooking’ o retraso, sobre los motivos y derechos que le amparan.
  • Asistencia y manutención: comida, bebida, dos llamadas y alojamiento hotelero si fuera necesario, además de traslados.
  • Devolución del precio del billete en 7 días o que se facilite transporte alternativo al destino en condiciones similares a las originales.

 

Derechos y situaciones específicas

 

Retraso

 

  • Menos de dos horas: Información, asistencia, comida, bebida y dos llamadas.
  • Más de tres horas: Información, asistencia, comida, bebida, dos llamadas y alojamiento con traslados. Compensaciones de 250, 400 y 600 euros, según distancia.
  • Más de cinco horas:  Información, asistencia, comida, bebida, dos llamadas y alojamiento, con traslados. Compensaciones de 250, 400 y 600 euros, según distancia. Tiene derecho a elegir viaje en transporte alternativo o devolución del importe pagado por vuelo.

 

‘Overbooking’

 

  • Compensaciones de 250, 400 y 600 euros, según distancia.
  • Información sobre los motivos de denegación de embarque y derechos que les amparan.
  • Asistencia, manutención (comida y bebida) dos llamadas, alojamiento hotelero si fuera necesario y traslados. Todo esto a partir de 2h de demora.
  • Devolución de precio del billete en 7 días o transporte alternativo en condiciones similares a las originales.

 

Cancelaciones

 

Lo mismo que en el caso del 'overbooking'. De todos modos, no se podrá tener derecho a compensación en caso de que:

 

  • Se cancele por causas excepcionales como puedan ser meteorológicas o amenazas terroristas.
  • Tampoco si se informa con suficiente antelación:

               - Con 14 días o más respecto a la salida prevista, solo cabría reembolso del billete o transporte alternativo.

               -  Con 14-7 días, si ofrecen un transporte que salga no en más de dos horas antes, ni llegue más de 4h después del vuelo original.

               - Menos de 7 días, si se ofrece transporte que no salga más de una hora antes ni llegue más de 2h después de lo previsto con anterioridad.

 

Huelga

 

Aunque las compañías aéreas las suelen considerar circunstancias excepcionas y, por tanto, creen que no deben compensar al pasajero, o es así. La empresa debe adoptar medidas para que no se perjudique al viajero. En caso de no hacerlo, debe indemnizarlo.

 

Qué se necesita

 

Conservar publicidad, billetes, contratos, comunicaciones de la compañía y en caso de que la cancelación o el retraso ha provocado daños, hay que guardar todas las pruebas o tiquets.