NUEVO ÉXITO DEL BUFETE EN UN ASUNTO RELACIONADO CON LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD.

En base a esta Ley, las personas con un nivel de endeudamiento considerable, y que les coloca en situación de insolvencia, por cuanto no pueden hacer frente ni cumplir regularmente con sus obligaciones exigibles, puedes librarse de sus cargas financieras y ofrecerles una segunda oportunidad.

 

El procedimiento de Segunda oportunidad es un mecanismo dirigido tanto a particulares como autónomos que no pueden pagar sus deudas y que consiguen cancelar sus deudas mediante la solicitud de concurso de acreedores y tras su tramitación se solicitará la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), con lo que se consigue cancelar las deudas pendientes de pago.

 

Hoy compartimos con ustedes nuestro más reciente éxito en esta materia.

 

Nuestro cliente tenía un préstamo hipotecario que no podía pagar, cobrando solamente una pensión de jubilación, con un endeudamiento global que ascendía a 531.424,01 €.

 

La situación era tan grave que ante el reiterado impago, el Banco ejecutó la deuda, encontrándose ya en fase de subastar su vivienda habitual.

 

Tras las gestiones realizadas por nuestro despacho, conseguimos exonerarle de la deuda de 531.424,01 €, así como paralizar la ejecución hipotecaria sobre la vivienda, salvando ésta y consiguiendo rehabilitar el préstamo hipotecario en cuestión con una cuota máxima de 300 € mensuales, pese a la firme oposición de la entidad bancaria.

 

Nuestro cliente ha pasado de encontrarse en una situación absolutamente insostenible y a las puertas de perder su casa, a tener una nueva oportunidad, es decir, libre de toda deuda, con su vivienda liberada y a su entera disposición y con unas condiciones en su hipoteca inmejorables, abonando una cuota mensual que nunca podrá superar los 300 € mensuales.