La Audiencia Provincial de Valencia declara nulo el IRPH
Hace poco hablábamos del éxito judicial obtenido por el Bufete Gabriel Miró por lo que se refiere a las reclamaciones de gastos hipotecarios y hoy ampliamos información al respecto de este asunto tras el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Valencia, declarando nulo también el indicador del IRPH.
El IRPH es el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios. Es un indicador en el que se basa el cálculo de los tipos de interés de las hipotecas y lo elabora el Banco de España. Es el que se utiliza junto con el Euribor.
Como decíamos, la Sección 6ª de la AP de Valencia declaró recientemente nula dicha cláusula por abusiva al entender que no se informaba debidamente a los consumidores de la carga económica y la consecuencia jurídica que asumían.
A nivel económico, la diferencia entre un préstamo hipotecario referenciado mediante el Euribor y otro regido por el IRPH puede llegar a ser de entre 18.000 y 21.000 euros en total.
La resolución de la AP de Valencia se basó en la sentencia del TJUE del 17 de noviembre de 2021 que dictaminó que el IRPH resultaba menos ventajoso que el Euribor, que suele ser el índice de referencia mayoritario en los préstamos hipotecarios de España.
Con todo esto, los consumidores afectados por los cálculos de interés realizados a través del IRPH puede reclamar las cuantías económicas perjuiciosas derivadas del mencionado índice.